Digital Manacor informaba este pasado jueves, 4 de agosto, bajo el título “La Justicia imputa a los líderes de Vox en Baleares seis graves delitos” de la querella presentada por Santiago Galán Gimisó contra Jorge Campos Asensi y Sergio Rodríguez Farré, líderes de Vox en Baleares

Hoy vamos a dividir los delitos de los que son acusados Campos y Rodríguez en dos grandes apartados y detallaremos pormenorizadamente, y de forma textual, los detalles concretos de la querella a la que hemos tenido acceso en rigurosísima exclusiva.

PRIMER BLOQUE: Falsedad documental, apropiación indebida, administración desleal, financiación ilegal de partidos políticosdescubrimiento y revelación de secretos.

SEGUNDO BLOQUE: Injurias, calumnias y quebranto al honor contra Santiago Galán.

PRIMER BLOQUE

a) No declaran haber recibido, al menos, 474.000 euros en donaciones ni tampoco el destino de esa cantidad.

“Se recibieron, al menos, tres donaciones por importes aproximados de 84.000 euros, 150.000 euros y 240.000 euros, y no se cumplió con las condiciones establecidas en el artículo 4 de la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de junio, sobre financiación de partidos políticos, pues independientemente de que se desconoce a qué finalidad se destinó el importe de dichas donaciones, no consta que se abonaran en cuentas abiertas en entidad de crédito exclusivamente para dicho fin, ni consta la fecha de imposición, el importe de las mismas, ni el nombre e identificación fiscal del donante“.

b) Dejan perder 399.785 euros por no presentar la contabilidad de la campaña electoral.

“Vox perdió la subvención que le correspondía de 399.785 euros de las elecciones al Parlamento y al Consell por no presentar a la sindicatura de cuentas la contabilidad de la campaña electoral.

Presentaron, eso sí, la contabilidad y las cuentas del partido, pero no las de la campaña electoral, y cuando les fue reclamada está última a los responsables del partido, éstos renunciaron voluntariamente a percibir dicha subvención, alegando que era imposible separar ambas contabilidades.

Evidentemente está actitud de Jorge Campos y Sergio Rodríguez da a entender que si no se presentaron las cuentas de la campaña electoral que les fueron requeridas no fue por la imposibilidad de separar dichas cuentas de las generales del partido, sino que no se presentaron porque no las habían confeccionado, muy probablemente porque mucho del dinero de esas cuentas fue destinado a fines que no le correspondía, incluso particulares“.

c) Cobran sueldos, de forma indebida, a cargo del partido.

“Jorge Campos y Sergio Rodríguez, como responsables del partido Actúa Baleares, autorizaron el cobro por parte de miembros de la dirección del partido de sueldos camuflados, mediante la realización de facturas falsas por conceptos que no se correspondían con la labor que efectivamente habían realizado dentro del partido.

Así, hasta las elecciones autonómicas del mes de mayo de 2019, al menos cuatro miembros de la dirección del partido Actúa Baleares, aprovechando las donaciones de particulares al partido, cobraron por supuestamente dar “asesoramiento legal” al partido.

Jorge Campos facturaba 2.350 euros al mes; la vicepresidenta Malena Contestí, 1.600 euros al mes; Sergio Rodríguez e Idoia Ribas, 1.000 euros al mes.

Todos ellos cobraban por dar asesoramiento legal, cuando sus funciones evidentemente eran otras. Otro miembro de la directiva, Sandra Barceló, facturaba 2.000 euros al mes por dar “asesoramiento financiero”.

Es especialmente llamativo el caso de Sergio Rodríguez, que siendo licenciado en Geografía e Historia, y dueño de una administración de lotería, cobraba en concepto de asesoramiento legal al partido, pese a carecer de la cualificación necesaria para ello”.

Es decir, según lo denunciado, Jorge Campos y Sergio Rodríguez se autorizaron a ellos mismos, y a un par más de integrantes de la Junta elegida por ellos mismos y por tanto, de su total y máxima confianza, el cobro de un sueldo mensual con cargo a unas donaciones particulares al partido.

Pero lo más sorprendente es de hace muy pocos días. Sergio Rodríguez, a sabiendas de todo lo anterior, se atrevía a decir en el Parlamento balear, cuando estaba pidiendo la dimisión de la Consellera de Sanidad por nepotismo (que también tiene tela que Rodríguez hable de favores a hijos, nepotismo, etc. pero de eso ya hablaremos otro día…), entre otras cosas lo siguiente:

«No somos juristas, o, no es jurista creo que no es excusa suficiente a la vista de su curriculum y además le recuerdo, yo tampoco soy jurista pero el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento. Es un principio básico que todos conocemos», añadía. ¡Y se quedó tan pancho!.

Así lo recogía Digital Manacor este pasado miércoles, bajo el titular “VOX pide la dimisión de la consejera de Salud: ‘No nos harán creer que esto ha sido un simple error administrativo” y acompañaba la noticia con un vídeo de Sergio Rodríguez:

Sin embargo, sin ser jurista como reconoce, habría cobrado como tal y el mismo habría autorizado ese pago (según se denuncia en la querella). ¡Y aquí paz y después gloria!.

d) Desvian ilegalmente cuotas de afiliados del partido VOX al partido Actúa Baleares.

“Con anterioridad a que se produjera la integración del partido Actúa Baleares en el partido Vox, pero estando tramitándose la misma, y como quiera que compartían sede, por instrucciones directas de Jorge Campos y Sergio Rodríguez las cantidades satisfechas por las personas que acudían a afiliarse a Vox eran derivadas a la cuenta del partido Actúa Baleares, del que Campos y Rodríguez eran responsables y sin el consentimiento de los nuevos afiliados.

Cuando el simpatizante acudía a afiliarse al partido Vox le era proporcionada una hoja de inscripción en la que no aparecía el nombre de dicho partido, y los datos de afiliación y las cantidades satisfechas pasaban a engrosar las listas y las cuentas bancarias de Actúa Baleares.

De los hechos fueron testigos distintos empleados del partido, siendo además los hechos denunciados al partido por algún afiliado que se percató de que tras su pretendida afiliación al partido Vox, había sido afiliado al partido Actúa Baleares y las cuotas que le presentaban al cobro eran del partido Actúa Baleares. Ello demuestra además que se cedieron los datos bancarios de los afiliados sin su consentimiento“.

e) Utilizan datos y direcciones sin autorización.

“Por parte de Jorge Campos y de Sergio Rodríguez se utilizó el censo de afiliados del partido Actúa Baleares para la campaña electoral de las elecciones internas de Vox, haciendo en consecuencia un uso no autorizado de los datos y direcciones de que disponían de dichos afiliados de otro partido político en beneficio propio para las elecciones de otro partido, Vox, y en detrimento de la otra candidatura que se presentaba a dichas elecciones internas de Vox”.

SEGUNDO BLOQUE

Primero.-

“Querellante y querellados, todos ellos miembros afiliados del partido político VOX, concurrieron en distintas candidaturas en el proceso electoral interno de dicho partido celebrado en el mes de septiembre de 2020, para elegir el Comité Ejecutivo Provincial de Baleares, integrándose los Sres. Campos y Rodríguez en la misma candidatura, y encabezando el Sr. Galán la otra candidatura. Acabado el indicado proceso electoral resultó oficialmente vencedora la candidatura encabezada por el Sr. Campos.

No obstante lo anterior, tanto durante el proceso y la campaña electoral como una vez proclamada vencedora la candidatura del Sr. Campos, el Sr. Galán y su equipo denunciaron tanto antes los órganos del partido, como mediante distintos comunicados a la prensa, distintas irregularidades cometidas por el Sr. Campos Asensi y el Sr. Rodríguez Farré“.

Segundo.-

“En el uso de su libertad de expresión, el Sr. Galán y su equipo, en distintas notas de prensa y entrevistas en los medios de comunicación, pusieron de manifiesto las irregularidades que entendían cometidas por los Sres. Campos y Rodríguez, profiriendo diversas expresiones que los hoy demandados entendieron como injuriosas y atentatorias contra su honor, habiendo interpuesto ambos contra mi representado una querella por injurias y calumnias con publicidad, que se tramitó ante el Juzgado de Instrucción número 1 de Palma, con el número de autos DPA Diligencias Previas Procedimiento Abreviado 529/2021 y que finalizó por Auto de fecha 7 de octubre de 2021, por el que se acordó el sobreseimiento libre y archivo de dicho procedimiento, por entender que los hechos denunciados no eran constitutivos de los delitos de calumnia y/o injuria“.

“Con anterioridad a que mi representado tuviera conocimiento alguno de la interposición de dicha querella criminal contral él, ni tampoco de la demanda del previo y preceptivo acto de conciliación celebrado ante el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Manacor (Procedimiento X53 Conciliación 877/2020), los ahora querellados, Sres. Campos y Rodríguez, publicaron en redes sociales y entregaron a la prensa , copia de la demanda de conciliación presentada, pero no en su integridad, sino tergiversando la realidad y omitiendo que lo que realmente se pretendía en dicho procedimiento y la posterior querella no era proteger su supuestamente mancillado honor, sino obtener del Sr. Galán una indemnización de 50.000 euros, cada uno de ellos“.

“Todas esas afirmaciones vertidas en prensa y redes sociales afirmando que las manifestaciones de mi representado sobre las supuestas irregularidades eran falsas, subjetivamente inveraces y con manifiesto desprecio de la realidad, todo ello sin que se haya podido demostrar que las mismas adolecían de veracidad y, además, con anterioridad a que mi representado tuviera conocimiento de que se seguía contra él procedimiento alguno, ha dañado gravemente el honor y la reputación pública de D. Santiago Galán”.

“Además, también como consecuencia de la ansiedad que le produjno al Sr. Galán el que llegara su conocimiento el inicio contra él de acciones legales por parte de los querellados por unos hechos absolutamente infundados, le provocó un fallo cardíaco por el que tuvo que ser atendido en el Hospital de Manacor y posteriormente intervenido en el Hospital Universitario de Son Espases, tan solo unos días antes de celebrarse el acto de conciliación promovido contra él”.

“Habida cuenta de que las afirmaciones calumniosas e injuriosas de los demandados fueron efectuadas con publicidad (prensa y redes sociales) y por lo tanto leídas por innumerables personas, entre ellos correligionarios, afiliados y simpatizantes del partido en el que el Sr. Galán milita y que por tanto muchos de ellos lo conocen personalmente, produjeron un grave quebranto en su salud, por lo que se interesa que los hoy querellados indemnicen los perjuicios morales irrogados a mi mandante con la cantidad de CIENTO VEINTICINCO MIL EUROS (125.000 €) cada uno de ellos, que se fija cautelarmente y sin perjuicio de su ulterior concreción“.

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