El Govern Balear abrió el pasado miércoles 1 de julio el trámite para solicitar las ayudas del programa 2 del «Cheque canguro», una línea destinada a cubrir los gastos de la escuela matinal. Según los datos oficiales emitidos por la administración autonómica, la convocatoria cuenta con un importe de «hasta 1.000 € por niño o niña».
«Permite subvencionar los costes asociados a servicios de atención, cuidado o custodia prestados en centros educativos o instalaciones vinculadas», apuntan desde el Ejecutivo balear. El plazo de solicitudes para esta segunda línea específica permanecerá abierto de manera telemática «hasta el día 31 de julio».
La medida cubre los gastos de guarda previos al horario lectivo y los posteriores al comedor o jornada escolar. Señalan desde la administración que las ayudas se concederán «por estricto orden de entrada de las solicitudes completas y válidas» hasta agotar el crédito.
Campamentos y escuelas de verano a partir de septiembre
En cuanto a los costes de los campamentos y las escuelas de verano, reflejan en el documento que «las ayudas podrán solicitarse entre el 10 de septiembre y el 9 de octubre». Esta línea ampara los servicios de atención durante los periodos vacacionales de Pascua, Navidad y verano.
«El importe máximo conjunto tanto para la escuela matinal como para los campamentos es de un máximo de 1.000 € por niño», detallan en la convocatoria pública. Explican también que estas cuantías pueden distribuirse indistintamente entre las acciones de ambos programas.
Por otra parte, desde la administración recuerdan que en el programa 1 «se mantiene la subvención de cubrir los costes salariales y de cotización» para cuidadores del hogar. Así, apuntan que «cada familia se puede beneficiar de hasta un máximo de 4.000 €» en este apartado concreto.
Requisitos generales para acceder a las subvenciones de conciliación
Para poder optar a cualquiera de las tres líneas, los solicitantes deben cumplir con una serie de criterios técnicos especificados en las bases reguladoras. Indican desde el Govern que es obligatorio «acreditar el empadronamiento y la residencia en Baleares».
Asimismo, se exige «demostrar la situación de actividad laboral o asimilada» que justifique la necesidad real de conciliación familiar. La normativa establece que las familias deben «tener una renta per cápita familiar inferior a 30.000 € anuales» para resultar beneficiarias.
Toda la tramitación se realiza de manera digital y el formulario de preguntas frecuentes está disponible en la web oficial habilitada por la Dirección General de Conciliación. Las familias interesadas deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
