Una ley que trae numerosos y variados cambios respecto a la normativa que estaba vigente hasta estos momentos.
El 21 de marzo es el día en que entrará en vigor la nueva Ley de Tráfico que trae bastantes cambios respecto a la normativa anterior y cuyo objetivo primordial es el de reducir la siniestralidad en las carreteras españolas.
Entre los cambios más significativos, se encuentran:
– A partir de ahora no se podrá sobrepasar los 90 km/hora en las carreteras convencionales bajo ningún pretexto, ni siquiera el de avanzar, cuando antes sí estaba permitido rebasar en 20 km/hora esta velocidad máxima.
– La pérdida de puntos por el uso del móvil o la manipulación de cualquier dispositivo electrónico se endurece, pasando a ser de 6 puntos.
– También será motivo de sanción, por tanto, el uso de detectores de radares, aunque éstos estén apagados o inutilizados. En ese caso, 3 puntos.
– Seis puntos igualmente se llevarán quienes adelanten a ciclistas y no mantengan los 1,5 m de distancia obligatoria.
– No llevar el cinturón de seguridad, será motivo de una pérdida de 4 puntos.
– Lanzar colillas o cualquier otro objeto en la vía pública, costarán a partir de ahora 6 puntos.
– No usar casco, 4 puntos.
– La recuperación de los puntos iniciales podrá conseguirse a los 2 años de no haber cometido ninguna infracción.
– Otro cambio es que será considerada una infracción grave estacionar o parar en un carril bici.
– También lo será no respetar las zonas de bajas emisiones.
– En cuanto al alcohol y al consumo de drogas, éstos estarán más penalizados que nunca. Los menores de 18 años tendrán que conducir (ciclomotores, bicicletas o patinetes) con una tasa de 0 alcohol; los mayores de 18 años, pero con menos de 2 años de carné, no podrán exceder de una tasa de alcohol en sangre superior a los 0,3 g (0,15 en aire), mientras que para los conductores con más de 2 años de carné, se mantendrán en el 0,50 (0,25 en aire).