Santiago Galán denuncia a Jorge Campos y Sergio Rodríguez por injurias y calumnias, además de solicitar la investigación de otros supuestos delitos e irregularidades.
Como informábamos en nuestro artículo titulado “Lo que no se ha contado sobre Vox Baleares (3ª parte)“, publicado el 24 de abril, el magistrado-juez exoneraba en su sentencia del 7 de octubre del 2021 a Santiago Galán de las imputaciones de Jorge Campos y Sergio Rodríguez.
Ese mismo día Santiago Galán interpuso la obligada y preceptiva demanda de conciliación contra Campos y Rodríguez, previa a la interposición de la querella criminal. ¡Mas rápidez imposible!.
La demanda de conciliación de Santiago Galán contra Campos y Rodríguez
Pero no es hasta el 16 de febrero de este mismo año, es decir, casi 4 meses después, cuando se admite a trámite dicha demanda de conciliación que se puede descargar pulsando aquí.
Como se puede leer en la demanda de conciliación, Santiago Galán “iniciará acciones penales contra los actuales dirigentes del partido Vox en Baleares por entender que las irregularidades de distinta índole cometidas por los ahora demandados son constitutivas de distintos delitos tipificados en nuestro código penal“.
También se dice que “como quiera que la presente demanda de conciliación se pesenta como requisito previo a la interposición de querella por injurias, calumnias y quebranto al honor de mi representado el Sr. Galán, en esa futura querella por delitos contra el honor que esta parte interpondrá -pues consideramos muy poco probable que prospere la presente demanda de conciliación-, se pondrán de manifiesto las irregularidades a que se ha hecho referencia y se exigirán las responsabilidades civiles y penales pertinentes a los Sres. Campos Asensi y Rodríguez Farré, y cualesquiera otros miembros del partido que pudieran resultar responsables de los ilícitos penales que esta parte entiende cometidos“.
Asimismo se recuerda que antes de que Santiago Galán tuviése conocimiento de la interposición de la querella por parte de Campos y Rodríguez estos la publicaron en redes sociales y la entregaron a los medios de comunicación, “pero no en su integridad, tergiversando la realidad y omitiendo que lo que realmente se pretendía en dicho procedimiento no era proteger su supuestamente mancillado honor, sino obtener del Sr. Galán una indemnización de 50.000 euros, cada uno de ellos“.
Santiago Galán reclama 250.000 € a Jorge Campos y Sergio Rodríguez
Finalmente “habida cuenta de que las afirmaciones calumniosas e injuriosas de los demandados han sido efectuadas con publicidad (prensa y redes sociales) y por lo tanto leídas por innumerables personas, se ha producido un grave quebranto en el derecho al honor de mi representado por lo que se interesa que lo hoy demandados indemnicen los perjuicios morales irrogados a mi mandante con la cantidad de CIENTO VEINTICINCO MIL EUROS (125.000 €) cada uno de ellos, que se fija cautelarmente y sin perjuicio de su ulterior concreción, a la que habrán de sumarse las costas derivadas del presente acto de conciliación”.
Perjuicios físicos causados a Santiago Galán
Santiago Galán nos ha explicado que parte de esos 250.000 euros que reclama en total a Campos y Rodríguez, aparte de los otros daños y perjuicios causados a su imagen y a su honor, son por haber tenido un infarto de corazón que le llevo a tener que ser operado de urgencia, 15 días antes de su declaración a la demanda y querella criminal interpuesta contra el por Jorge Campos y Sergio Rodríguez.
No hay que olvidar que en la demanda de conciliación de Campos y Rodríguez contra Galán fue el 30 de marzo y Galán sufrió el infarto de corazón el día 14, siendo intervenido quirurgicamente ese mismo día.
Fue precisamente por ese motivo, ya que se encontraba convalenciente y además tenía ordenes estrictas del jefe de Cardiología de descanso absoluto y nada de estrés. Motivo por el cual el Sr. Galán testificó mediante videoconferencia.
Una justicia que es lenta es menos justa
El juzgado dió de plazo desde el 16 de febrero hasta el 1 de abril para la realización de la demanda de conciliación pero como no se presentaron los demandados (Campos y Rodríguez) el juzgado ha decidido ampliar el plazo hasta el próximo 13 de mayo. Es decir, mes y medio más.
Sin embargo la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRIM) dice que “El Secretario judicial o Juez de Paz, en los 5 días hábiles siguientes a aquel en que se presente la solicitud, dictará resolución sobre su admisión y citará a los interesados, señalando el día y hora en que haya de tener lugar el acto de conciliación”.
También dice la LECRIM que “En ningún caso podrá demorarse la celebración del acto de conciliación más de 10 días desde la admisión de la solicitud“. Plazos que obviamente no sólo no se están cumpliendo sino que además se multiplican por 3.
Por tanto, un trámite que según la Ley no puede tardar más de 15 días en realizarse lleva esperando desde el 7 de octubre, entre la lentitud exasperante de la Justicia y “los palos en las ruedas” que ponen los demandados a los requerimientos de la misma.
Jorge Campos y Sergio Rodríguez tratan de ralentizar al máximo un procedimiento ya excesivamente lento
Recordemos que el 16 de febrero es cuando el Juzgado de Instrucción Nº 9 de Palma realiza el decreto de señalamiento, que se puede descargar pulsando aquí.
Pero tanto Jorge Campos como Sergio Rodríguez no admiten o recepcionan los certificados del juzgado para su comparecencia, como se puede ver en el “certificado de imposibidad de entrega” emitido por Correos sobre el envío efectuado a Sergio Rodríguez y que se puede descargar pulsando aquí.
Así es como el día 1 de este mismo mes, el Juzgado de Primera Instancia Nº 9 de Palma emite una nueva acta de comparecencia (que se puede descargar pulsando aquí) en la que se indica que “Jorge Campos Asensi y Sergio Rodríguez Farré no han retirado en la oficina de Correos la citación” y se les cita para el próximo 13 de mayo a las 10:30 horas.