La publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) el pasado sábado de la Ley de medidas urgentes incorporó diversas modificaciones tributarias.
Estos cambios legales están destinados a facilitar el acceso a la vivienda y favorecer el mantenimiento de alquileres asequibles.
El nuevo marco regulatorio ya se encuentra plenamente en marcha para toda la ciudadanía tras su entrada en vigor ayer domingo.
Modificaciones en el ITP
Una de las principales novedades ya operativas es el aumento del umbral del precio máximo de la vivienda para recibir bonificaciones en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP).
Los jóvenes menores de 30 años y las personas con discapacidad cuentan con una bonificación del 100 % en este impuesto.
Por su parte, los jóvenes menores de 36 años y las familias numerosas o monoparentales disponen de una reducción del 50 %.
Nuevos umbrales máximos
Tanto en Mallorca como en Menorca ya se aplica el nuevo umbral máximo fijado en 331.859,70 euros para acogerse a estas ayudas.
Esta ampliación fiscal busca adaptar los beneficios tributarios a la realidad actual que presenta el mercado inmobiliario.
Anteriormente, el límite de este precio máximo estaba fijado en los 307.089 euros dentro del territorio de Mallorca.
Actos jurídicos documentados
Otra de las medidas ya activas es la bonificación del 100 % de la cuota del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD) para menores de 30 años.
Esta exención total también se aplica a personas con una discapacidad igual o superior al 33 % que adquieran su primera vivienda habitual.
Asimismo, se ha puesto en marcha un tipo reducido del 0,5 % para jóvenes menores de 36 años y familias numerosas o monoparentales.
Viviendas de precio limitado
Por otro lado, ya se establece una bonificación del 50 % tanto en el ITP como en el IAJD para viviendas de precio limitado.
Con esta rebaja se persigue incentivar la demanda de esta tipología residencial como una alternativa asequible en el mercado.
La aplicación de estas ventajas fiscales pretende reducir la presión fiscal que soportan los ciudadanos residentes.
Deducción por congelar el alquiler
Por último, también ha entrado en vigor una nueva deducción autonómica para el ejercicio fiscal de 2026, de cara a la declaración de la renta de 2027.
La deducción está destinada a los pequeños propietarios que, al renovar los contratos de alquiler, mantengan congelado el precio.
El requisito principal para los arrendadores es no incrementar la renta por encima de la variación que marque el IPC.
Límites del incentivo fiscal
Se trata de una deducción del 50 % del rendimiento neto obtenido a través del arrendamiento de la vivienda.
El límite máximo fijado es de 800 euros anuales por inmueble y de 2.000 euros por cada contribuyente.
La medida ofrece un incentivo fiscal para contener los precios del alquiler residencial y mantener una oferta asequible.
